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| Número del Documento | Título | Tipo de Documento | Fecha Documento | ||
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2142- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 2142 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 2142 del 06 de febrero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de los señores LUIS ALFREDO BUELVAS, identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.885.558, en calidad de Gerente; OSNAIDER PAYARES BATISTA, identificado con cédula de ciudadanía No.1.002.474.009, en calidad de Tesorero. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 2142 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 11 de marzo de 2026 | Descargar | |
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1853- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1853 PRIMERO: REVOCAR el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1853 del del 03 de febrero de 2026, el cual fue aperturado en contra de los señores WALTER ENRIQUE LOPEZ BARRERA, identificado con cédula No 73.594.086, en calidad de SECRETARIO DE HACIENDA del MUNICIPIO DE SANTA CATALINA-BOLÍVAR;MANUEL POLO SIMANCA, identificado con cedula de ciudadanía No 3.979.181 en calidad de ALCALDE; FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO AMBIENTAL SOCIAL SOSTENIBLE FUNDESAMS, identificada con NIT 900.095.998-7, representada legalmente por el señor CAMILO JOSE BITAR ARNEDO, identificado con cédula de ciudadanía No.73.196.802 en calidad de CONTRATISTA, conforme a lo expuesto en esta providencia. SEGUNDO: CONFIRMAR el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1853 del del 03 de febrero de 2026, en lo que respecta a la señora LUZ ELENA SUAREZ ROYERO, identificada con cédula de ciudadanía No 33.025.511 en calidad SECRETARIA GENERAL, conforme a lo expuesto en esta providencia. TERCERO: DISPONER que el Área de Responsabilidad Fiscal adelante las actuaciones necesarias para continuar la investigación conforme a lo resuelto en la presente providencia. CUARTO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. QUINTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. SEXTO: Devolver el expediente No. 1853 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 5 de marzo de 2026 | Descargar | |
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1996-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1996 REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1996 del del 03 de febrero de 2026. 1 archivo(s) |
NEPW | 5 de marzo de 2026 | Descargar | |
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2015- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 2015 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 2015 del 21 de enero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de LEIDYS ROCIO MENDOZA OSPINO, identificada con cedula de ciudadanía No 26.946.140 en calidad de EX GERENTE (E). SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 2015 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 24 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1902- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1902 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1902 del 20 de enero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de CARLOS EDUARDO TORRES COHEN, en su calidad de Ex alcalde del municipio de El Carmen de (Bol.) y MULTISERVICIOS COT. SAS, identificada con NIT.901.216.986-3, representada legalmente por ELIAS ANTONIO BAIZ GOMEZ, identificado con C.C. No 73.578.060, en calidad de Ex Contratista, identificado con cedula de ciudadanía No 1.098.759.003, en calidad de Sub Gerente Administrativo. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1902 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 24 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1898- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1898 PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1898 del 19 de enero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de MERCEDES CANDELA DIAZ, identificada con cedula de ciudadanía No 60.267.620, en calidad de Gerente; OSCAR DAVID FUENTES ALVARADO, identificado con cedula de ciudadana No 1.098.759.003, en calidad de Sub Gerente Administrativo. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1898 al área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 24 de febrero de 2026 | Descargar | |
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2018- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No.2018 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No.2018 del 16 de enero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de HAROLD QUIÑONEZ SANTODOMINGO, Identificado con cedula de ciudadanía No. 9.161.821, en calidad de EX ALCALDE; ANDERSON MENDOZA CARRILLO, Identificado con cedula de Ciudadanía No 1043607048, en calidad de EX TESORERO; ASOCIACION TRANSPORCOL, Identificado con NIT No 900.293.125-3, representada legalmente por HUBER PARADA QUINTERO, identificado con cedula de ciudadanía No 5.045.159, en calidad de CONTRATISTA. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No.2018 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 23 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1920 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1920 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1920 del 14 de enero del 2026, el cual había sido objeto de apertura en contra de los señores GERARDO RODRIGUEZ ESTUPIÑAN, identificado con cedula de ciudadanía No 7.221.802 en calidad de DIRECTOR DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACIÓN DE BOLIVAR; OSCAR LUIS GONZALES PRENS, identificado con cedula de ciudadanía No 73.564.602 en calidad de DIRECTOR (E) DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACION DE BOLIVAR; RICARDO ANTONIO PION BOTERO identificado con cedula de ciudadanía No 71.370.635 en calidad de DIRECTOR ( E ) DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACION DE BOLIVAR; MAYDINAYIBER MAYRAN URUEÑA ANTURI, identificada con cedula de ciudadanía No 52.320.313 en calidad de DIRECTORA DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE CARTAGENA. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No.1920 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. QUINTO: EXHORTAR a la Gobernación de Bolívar para que, en el marco de los principios de eficiencia, eficacia y control interno, adopte acciones de mejora institucional orientadas a robustecer el sistema de validación, conciliación y seguimiento del recaudo del Impuesto de Registro, como medida preventiva de protección de la renta departamental. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 20 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1707- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1707 PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1707 del del 19 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra de los señores SENEN CANTILLO PATERNINA, identificado con C.C No 73.350.374 en su calidad de ex Alcalde; RODOLFO NICOLAS VISBAL RODRIGUEZ, identificado con C.C. No 73.124.196, en su calidad de Ex Secretario de Hacienda; CORPORACIÓN DE AUDITORES Y CONSULTORES NACIONALES-TOP TEAM, identificado con NIT 900728313-0, representado legalmente por EDUARDO JOSE CARCAMO BUELVAS en su calidad de ex Contratista, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: DISPONER que el Área de Responsabilidad Fiscal adelante las actuaciones necesarias para continuar la investigación conforme a lo resuelto en la presente providencia. TERCERO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. CUARTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. QUINTO: Devolver el expediente No. 1707 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 20 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1921- 2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1921 PRIMERO: GERARDO RODRIGUEZ ESTUPIÑAN, identificado con cedula de ciudadanía No 7.221.802 en calidad de DIRECTOR DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACIÓN DE BOLIVAR; OSCAR LUIS GONZALES PRENS, identificado con cedula de ciudadanía No 73.564.602 en calidad de DIRECTOR (E) DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACION DE BOLIVAR; RICARDO ANTONIO PION BOTERO identificado con cedula de ciudadanía No 71.370.635 en calidad de DIRECTOR ( E ) DE LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA GOBERNACION DE BOLIVAR; MAYDINAYIBER MAYRAN URUEÑA ANTURI, identificada con cedula de ciudadanía No 52.320.313 en calidad de DIRECTORA DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE CARTAGENA. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No.1921 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. QUINTO: EXHORTAR a la Gobernación de Bolívar para que, en el marco de los principios de eficiencia, eficacia y control interno, adopte acciones de mejora institucional orientadas a robustecer el sistema de validación, conciliación y seguimiento del recaudo del Impuesto de Registro, como medida preventiva de protección de la renta departamental. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 20 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1870-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1870 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1870 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores MARCIAL ANTONIO CHAVEZ BELTRAN, identificado con cedula de ciudadanía No 19.789.431 en calidad de ACALDE; CONSORCIO PENTAPODOS SAN JACINTO 2022, identificado con Nit 901.572.109-6, Representado Legalmente por la señora JHOANA ANDREA CARDENAS VASCO, identificada con cedula de ciudadanía No.1.037.581.687 en calidad de Representante legal del CONSORCIO PENTAPODOS SAN JACINTO 2022, identificado con NIT 901.572.109-5; FEDERICO VELASQUEZ MORENO, identificado con cedula de ciudadanía No 8.71.255 en calidad de SECRETARIO DE PLANEACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISOR DEL CONTRATO; FERNANDO ANTONIO GONZALEZ PACHECO, identificado con cédula de ciudadanía No.10.934.581 en calidad de INTERVENTOR; BUNKER CONSTRUCCIONES S.A.S identificado con NIT 901.144.628-1, representado legalmente por el señor JUAN SEBASTIAN PEREZ BENITEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.953.398 en calidad de CONTRATISTA-SOCIO; 4L INGENIERIA S.A.S, identificada con NIT 901.144.628-1, representada legalmente por el señor JESUS ALBERTO MARTINEZ PADILLA identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.915.714 en calidad de CONTRATISTA-SOCIO. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1870 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1964-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1964 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1964 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores MANUEL POLO SIMANCA, identificado con cédula de ciudadanía No 3.979.181 en calidad de EX ALCALDE; ELDER GAVIRIA ARROYO, identificado con cédula de ciudadanía No 73.125.831 en calidad de EX SECRETARIO PLENEACION MUNICIPAL; FUNDACION SOCIO AMBIENTAL AGUA Y VIDA-FUNAVC, identificada con Nit 901.635.842-9, representada legalmente por SAMUEL ISAIAS CONTRERAS JULIO, identificado con cédula de ciudadanía No 1.001.897.022, en calidad de Ex Contratista. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1964 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1255-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1255 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1255 del 15 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores RODOLFO DIAZ DIAZ, identificado con C.C. No 13.542.890, Ex alcalde de Morales para la época de los hechos;; ROLFER FERNANDO SOLANO ORTEGA, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.065.879.896 Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; FRANKLIN ANTONIO RENTERÍA GAMBOA, identificado con cedula de ciudadanía No. 11.793.682, Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; ELIO ÁNGEL MARRUGO GONZÁLEZ, identificado con cedula de ciudadana No. 73.350.098, Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; ALFREDO RAMON BULA DUMAR, identificado con C.C. No 73.169.740, Ex Gerente de Edurbe S.A; BERNARDO ENRIQUE PARDO RAMOS, identificado con C.C. No. 73.594.675, Ex Gerente de EDURBE S.A; JAVIER ENRIQUE TOLOZA AMARIS, identificado con cedula de ciudadanía No. 73.145.081, en calidad de Ex Gerente de Edurbe S.A; URIEL ALFONSO DE ARCO PATERNINA, identificado con cedula de ciudadanía No. 9.293.111, en su calidad de Ex Gerente suplente de EDURBE S.A; TATIANA SANCHEZ ALARCON, identificada con cedula de ciudadanía No. 1.110.450.733 en su calidad de ex Gerente suplente de EDURBE S.A; IVAN DARIO QUINTERO BANDA, identificado con cedula de ciudadanía No. 9.237.424 en su calidad de Gerente suplente y representante Legal de Edurbe. S. A; DIANA MARTINEZ VEGA, identificada con cedula de ciudadanía No. 43.254.110, Representante Legal del CONSORCIO INTERVENTORÍA MORALES, con Nit No. 901062208-9, en su calidad de Interventor; JESUS FRAGOSO SARMIENTO, identificado con cedula de ciudadanía No. 73.093.067, Representante Legal del CONSORCIO OBRAS MORALES, con Nit. No. 901062832-5. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1255 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1660-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1660 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1660 del 16 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra del señor ADALBERTO JESUS MENCO NAVARRO, identificado con cedula de ciudadanía No. 19.752.090 en calidad de EX ALCALDE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1660 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1896-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1896 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1896 del 16 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra del señor VICTOR ALFONSO CONTRERAS CALIZ, identificado con cedula de ciudadanía No 1.104.127.143, en calidad de ex presidente del Concejo municipal. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1896 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1868-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 PRIMERO: CONFIRMAR el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 del 17 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra del señor MARCIAL ANTONIO CHAVEZ BELTRAN, identificado con cedula de ciudadanía No 19.789.431 en calidad de ACALDE y FEDERICO VELASQUEZ MORENO, identificado con cedula de ciudadanía No 8.71.255 en calidad de SECRETARIO DE PLANEACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISOR DEL CONTRATO, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: REVOCAR AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 del 17 de diciembre de 2025 respecto de la SOCIEDAD CRO PROYECTOS SAS, identificada con Nit 900.704.362-8, representada legalmente por el señor ALVARO JOSÉ ROJANO PEREZ identificado con cedula de ciudadanía No.78.763.137, en calidad de CONTRATISTA y JHON JAIRO ARRIETA PATERNINA, identificado con cedula de ciudadanía No.73.431.493 en calidad de INTERVENTOR, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. TERCERO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. CUARTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. QUINTO: Devolver el expediente No. 1868 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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2037-2026
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PRF 2037 – 2026
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NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1775-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1775 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1775 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores NEY DURANT BAHOQUE, identificado con cedula de ciudadanía No. 19.896.399 en calidad de Alcalde; HENRY LUIS ZAPATA UTRIA, identificado con cedula de ciudadanía No 19.896.621, en su calidad de contratista SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1775 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 11 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1991- 2026
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PRF 1991- 2026 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1991 del 14 de enero de 2026, el cual había sido aperturado en contra del señor WILFRIDO ALFONSO ROMERO VERGARA, Identificado con cedula de ciudadanía No 73.226.780, en calidad de EX ALCALDE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1991 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 0 archivo(s) |
NEPW | 11 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1888 - 2026
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PRF 1888- 2026PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1888 del del 10 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra del señor OMAR BOHÓRQUEZ ROJAS, identificado con cedula de ciudadanía No 91.322.705, en su calidad de ex alcalde del MUNICIPIO DE SAN PABLO-BOLÍVAR, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: ORDENAR LA VINCULACIÓN al proceso de responsabilidad fiscal del Contratista esto es al señor JOSÉ EDGAR CORTES VALENCIA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 88.220.0033en su calidad de representante legal del establecimiento contrato de suministro de gasolina y del supervisor del contrato, la señora LAYS PAOLA MENDOZA HERNANDEZ, Secretaria de Asuntos Jurídicos y Administrativos, en su condición de gestores fiscales, garantizándoles el pleno ejercicio del derecho de defensa y contradicción. TERCERO: DISPONER que el Área de Responsabilidad Fiscal adelante las actuaciones necesarias para continuar la investigación conforme a lo resuelto en la presente providencia. CUARTO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. QUINTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. SEXTO: Devolver el expediente No. 1888 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 6 de febrero de 2026 | Descargar |