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| Número del Documento | Título | Tipo de Documento | Fecha Documento | ||
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1870-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1870 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1870 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores MARCIAL ANTONIO CHAVEZ BELTRAN, identificado con cedula de ciudadanía No 19.789.431 en calidad de ACALDE; CONSORCIO PENTAPODOS SAN JACINTO 2022, identificado con Nit 901.572.109-6, Representado Legalmente por la señora JHOANA ANDREA CARDENAS VASCO, identificada con cedula de ciudadanía No.1.037.581.687 en calidad de Representante legal del CONSORCIO PENTAPODOS SAN JACINTO 2022, identificado con NIT 901.572.109-5; FEDERICO VELASQUEZ MORENO, identificado con cedula de ciudadanía No 8.71.255 en calidad de SECRETARIO DE PLANEACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISOR DEL CONTRATO; FERNANDO ANTONIO GONZALEZ PACHECO, identificado con cédula de ciudadanía No.10.934.581 en calidad de INTERVENTOR; BUNKER CONSTRUCCIONES S.A.S identificado con NIT 901.144.628-1, representado legalmente por el señor JUAN SEBASTIAN PEREZ BENITEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.953.398 en calidad de CONTRATISTA-SOCIO; 4L INGENIERIA S.A.S, identificada con NIT 901.144.628-1, representada legalmente por el señor JESUS ALBERTO MARTINEZ PADILLA identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.915.714 en calidad de CONTRATISTA-SOCIO. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1870 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1964-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1964 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1964 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores MANUEL POLO SIMANCA, identificado con cédula de ciudadanía No 3.979.181 en calidad de EX ALCALDE; ELDER GAVIRIA ARROYO, identificado con cédula de ciudadanía No 73.125.831 en calidad de EX SECRETARIO PLENEACION MUNICIPAL; FUNDACION SOCIO AMBIENTAL AGUA Y VIDA-FUNAVC, identificada con Nit 901.635.842-9, representada legalmente por SAMUEL ISAIAS CONTRERAS JULIO, identificado con cédula de ciudadanía No 1.001.897.022, en calidad de Ex Contratista. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1964 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1255-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1255 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1255 del 15 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores RODOLFO DIAZ DIAZ, identificado con C.C. No 13.542.890, Ex alcalde de Morales para la época de los hechos;; ROLFER FERNANDO SOLANO ORTEGA, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.065.879.896 Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; FRANKLIN ANTONIO RENTERÍA GAMBOA, identificado con cedula de ciudadanía No. 11.793.682, Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; ELIO ÁNGEL MARRUGO GONZÁLEZ, identificado con cedula de ciudadana No. 73.350.098, Ex Secretario de Planeación del Municipio de Morales y supervisor del contrato; ALFREDO RAMON BULA DUMAR, identificado con C.C. No 73.169.740, Ex Gerente de Edurbe S.A; BERNARDO ENRIQUE PARDO RAMOS, identificado con C.C. No. 73.594.675, Ex Gerente de EDURBE S.A; JAVIER ENRIQUE TOLOZA AMARIS, identificado con cedula de ciudadanía No. 73.145.081, en calidad de Ex Gerente de Edurbe S.A; URIEL ALFONSO DE ARCO PATERNINA, identificado con cedula de ciudadanía No. 9.293.111, en su calidad de Ex Gerente suplente de EDURBE S.A; TATIANA SANCHEZ ALARCON, identificada con cedula de ciudadanía No. 1.110.450.733 en su calidad de ex Gerente suplente de EDURBE S.A; IVAN DARIO QUINTERO BANDA, identificado con cedula de ciudadanía No. 9.237.424 en su calidad de Gerente suplente y representante Legal de Edurbe. S. A; DIANA MARTINEZ VEGA, identificada con cedula de ciudadanía No. 43.254.110, Representante Legal del CONSORCIO INTERVENTORÍA MORALES, con Nit No. 901062208-9, en su calidad de Interventor; JESUS FRAGOSO SARMIENTO, identificado con cedula de ciudadanía No. 73.093.067, Representante Legal del CONSORCIO OBRAS MORALES, con Nit. No. 901062832-5. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1255 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1660-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1660 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1660 del 16 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra del señor ADALBERTO JESUS MENCO NAVARRO, identificado con cedula de ciudadanía No. 19.752.090 en calidad de EX ALCALDE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1660 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1896-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1896 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1896 del 16 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra del señor VICTOR ALFONSO CONTRERAS CALIZ, identificado con cedula de ciudadanía No 1.104.127.143, en calidad de ex presidente del Concejo municipal. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1896 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1868-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 PRIMERO: CONFIRMAR el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 del 17 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra del señor MARCIAL ANTONIO CHAVEZ BELTRAN, identificado con cedula de ciudadanía No 19.789.431 en calidad de ACALDE y FEDERICO VELASQUEZ MORENO, identificado con cedula de ciudadanía No 8.71.255 en calidad de SECRETARIO DE PLANEACIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISOR DEL CONTRATO, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: REVOCAR AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1868 del 17 de diciembre de 2025 respecto de la SOCIEDAD CRO PROYECTOS SAS, identificada con Nit 900.704.362-8, representada legalmente por el señor ALVARO JOSÉ ROJANO PEREZ identificado con cedula de ciudadanía No.78.763.137, en calidad de CONTRATISTA y JHON JAIRO ARRIETA PATERNINA, identificado con cedula de ciudadanía No.73.431.493 en calidad de INTERVENTOR, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. TERCERO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. CUARTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. QUINTO: Devolver el expediente No. 1868 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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2037-2026
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PRF 2037 – 2026
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NEPW | 12 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1775-2026
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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1775 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1775 del 17 de diciembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los señores NEY DURANT BAHOQUE, identificado con cedula de ciudadanía No. 19.896.399 en calidad de Alcalde; HENRY LUIS ZAPATA UTRIA, identificado con cedula de ciudadanía No 19.896.621, en su calidad de contratista SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1775 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 11 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1991- 2026
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PRF 1991- 2026 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1991 del 14 de enero de 2026, el cual había sido aperturado en contra del señor WILFRIDO ALFONSO ROMERO VERGARA, Identificado con cedula de ciudadanía No 73.226.780, en calidad de EX ALCALDE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1991 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia y para que remita copia de esta providencia, a la Procuraduría General de la Nación, conforme se establece en la parte motiva de este auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 0 archivo(s) |
NEPW | 11 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1888 - 2026
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PRF 1888- 2026PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1888 del del 10 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra del señor OMAR BOHÓRQUEZ ROJAS, identificado con cedula de ciudadanía No 91.322.705, en su calidad de ex alcalde del MUNICIPIO DE SAN PABLO-BOLÍVAR, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: ORDENAR LA VINCULACIÓN al proceso de responsabilidad fiscal del Contratista esto es al señor JOSÉ EDGAR CORTES VALENCIA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 88.220.0033en su calidad de representante legal del establecimiento contrato de suministro de gasolina y del supervisor del contrato, la señora LAYS PAOLA MENDOZA HERNANDEZ, Secretaria de Asuntos Jurídicos y Administrativos, en su condición de gestores fiscales, garantizándoles el pleno ejercicio del derecho de defensa y contradicción. TERCERO: DISPONER que el Área de Responsabilidad Fiscal adelante las actuaciones necesarias para continuar la investigación conforme a lo resuelto en la presente providencia. CUARTO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. QUINTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. SEXTO: Devolver el expediente No. 1888 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 6 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1895- 2026
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PRF 1895- 2026 PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1895 del 5 de diciembre de 2025, el cual fue aperturado en contra del señor VICTOR ALFONSO CONTRERAS CALIZ, identificado con cedula de ciudadanía No 1.104.127.143 en calidad de EX PRESIDENTE, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de este auto. SEGUNDO: ORDENAR LA VINCULACIÓN al presente proceso de responsabilidad fiscal del Contratista esto es al señor DIOMEDES CANO QUEVEDO identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.097.609.283, en su calidad de representante legal del establecimiento publico PUNTO DEL POLLO, en su calidad de contratista y como tal en su condición de gestor fiscal garantizándole el pleno ejercicio del derecho de defensa y contradicción. TERCERO: DISPONER que el Área de Responsabilidad Fiscal adelante las actuaciones necesarias para continuar la investigación conforme a lo resuelto en la presente providencia. CUARTO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. QUINTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. SEXTO: Devolver el expediente No. 1895 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 6 de febrero de 2026 | Descargar | |
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1919- 2026
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PRF 1919- 2026PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1919 del 25 de noviembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de la señora YANETH GARCIA FIGUEROA, identificada con cedula de ciudadanía No 32.745.826 en calidad de EXGERENTE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1919 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 30 de enero de 2026 | Descargar | |
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2026- PRF1917
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PRF 1917 PRIMERO: CONFIRMAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 1917 del 25 de noviembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de la señora YANETH GARCIA FIGUEROA, identificada con cedula de ciudadanía No 32.745.826 en calidad de EXGERENTE. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1917 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 29 de enero de 2026 | Descargar | |
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1693- 2026
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PRF 1693- 2026 PRIMERO: CONFIRMAR el fallo sin responsabilidad fiscal dictado dentro del proceso de responsabilidad fiscal No. 1693 del 10 de septiembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de la señora GLORIA INES ALMARIO CASTILLA, identificada con cedula de ciudadanía No 33.253.487 en calidad de EX DIRECTORA, con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente providencia. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 1693 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 26 de enero de 2026 | Descargar | |
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2142 - 2026
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PRF 2142- 2026 PRIMERO: REVOCAR en su integridad el AUTO DE ARCHIVO DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. 2142 del 26 de noviembre de 2025, el cual había sido aperturado en contra de los los señores los señores LUIS ALFREDO BUELVAS, identificado con cédula de ciudadanía No.1.067.885.558, en calidad de Gerente; OSNAIDER PAYARES BATISTA, identificado con cédula de ciudadanía No.1.002.474.009, en calidad de Tesorero. SEGUNDO: Notificar por estado el contenido del presente auto a los interesados de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley 1474 de 2011. TERCERO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno. CUARTO: Devolver el expediente No. 2142 al Área de Responsabilidad Fiscal para lo de su competencia. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE 1 archivo(s) |
NEPW | 26 de enero de 2026 | Descargar | |
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1916- 2026
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PRF 1916 – 2026
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NEPW | 16 de enero de 2026 | Descargar | |
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1715- 2026
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PRF 1715 – 2026
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NEPW | 15 de enero de 2026 | Descargar | |
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1703- 2025
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PRF 1703 – 2025
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NEPW | 19 de diciembre de 2025 | Descargar | |
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1664- 2025
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PRF 1664 – 2025
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NEPW | 16 de diciembre de 2025 | Descargar | |
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1915- 2025
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PRF 1915 – 2025
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NEPW | 10 de diciembre de 2025 | Descargar |